Código de buenas prácticas

Valores morales, normas éticas y principios deontológicos que deben inspirar, guiar y precisar la conducta profesional
  1. Aplicar las tarifas de precios acordadas y vigentes en el momento de la realización de los actos y tratamientos dentales a los pacientes.
  2. Realizar los actos y tratamientos dentales con arreglo a las disposiciones legales vigentes. Así como, a las normas de actuación profesional. Utilizando, para ello, los medios humanos y materiales precisos.
  3. Que los actos y tratamientos dentales sean realizados por personas con la titulación profesional adecuada. Y al cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad e higiene.
  4. Responsabilizarse de los actos y tratamientos dentales realizados a los pacientes.
  5. Guardar la más estricta confidencialidad de la información, datos del paciente y de los servicios prestados. Sin facilitarlos a terceros sin el consentimiento expreso y escrito del mismo. Así como a respetar lo establecido en las disposiciones legales en materia de Protección de Datos de Carácter Personal. Queda exceptuado de lo anterior el suministro obligatorio de información establecido legalmente. Así como el necesario para el cumplimiento de obligaciones tributarias y de requerimientos judiciales, arbitrales o de los entes de control de la actividad profesional.
  6. La creación, mantenimiento y conservación de los expedientes clínicos de los pacientes. De los tratamientos aplicados. Y de las incidencias que hayan podido producirse.
  7. Garantizar los actos y tratamientos dentales realizados a los pacientes por un plazo máximo de un año.